Régimen fiscal de la venta online a clientes finales (Particulares)

Mar 26, 2020 | 0 Comentarios

I. Ventas efectuadas desde España con destino a otros Estados miembro (“E.m.”) de la UE1

1.1. Tributan en destino las ventas efectuadas desde España en las que concurran los siguientes requisitos:

– transporte desde la Península o Baleares hasta el otro E.m. por el empresario vendedor o por su cuenta; – destinatario no identificado (cliente particular).

1.2. Si el volumen de ventas en un ejercicio no supera los límites establecidos por cada E.m., la tributación podrá ser en origen, es decir, aplicar IVA español. No obstante, puede optarse por, desde un inicio, acogerse a tributación en destino aplicando el IVA del país al que se vende el producto. Debe comunicarse a Hacienda que se tributará en destino desde el inicio.

UMBRALES DE VENTAS A DISTANCIA EN LOS ESTADOS DE LA UE

País Moneda nacional Equivalencia a €
Alemania 100.000 €
Austria 35.000 €
Bélgica 35.000 €
Bulgaria 70.000 BGN equivalente a 35.791 €
Chipre 35.000 €
Croacia 270.000 HRK equivalente a 36.291 €
Dinamarca 280.000 DKK equivalente a 37.595 €
Eslovenia 35.000 €
Estonia 35.000 €
Finlandia 35.000 €
Francia 35.000 €
Grecia 35.000 €
Hungría 35.000 €
Irlanda 35.000 €
Italia 35.000 €
Letonia 35.000 €
Lituania 35.000 €
Luxemburgo 100.000 €
Malta 35.000 €
Países Bajos 100.000 €
Polonia 160.000 PLN equivalente a 37.859 €
Portugal 35.000 €
Reino Unido 70.000 GBP equivalente a 80.197 €
República Checa 1.140.000 CZK equivalente a 44.873 €
República Eslovaca 35.000 €
Rumania 118.000 RON equivalente a 25.305 €
Suecia 320.000 SEK equivalente a 31.390 €

 

1.3. La sociedad española deberá estar identificado en cada E.m. donde venda a clientes particulares con un NIF o número de identificación fiscal y presentar autoliquidaciones de IVA.

II. Ventas efectuadas desde España a terceros países (no UE).

En este caso, estaremos ante una exportación, no sujeta a IVA en España y debiéndose liquidar el correspondiente impuesto del país de destino en aduanas.

 

Categories

Archives

Recent Comments

    Últimas entradas

    Declaración fuera de plazo, ¿procede siempre un recargo?

    Declaración fuera de plazo, ¿procede siempre un recargo?

    Si se presenta una declaración fuera de plazo, sin requerimiento previo de Hacienda, habrá un recargo del 5%, 10% o 15% del importe dejado de ingresar si la presentación se efectúa dentro de los 3, 6 ó 12 meses siguientes, respectivamente, al fin del plazo de...

    Indemnización por despido aplazada ¿tributa en Patrimonio?

    Indemnización por despido aplazada ¿tributa en Patrimonio?

    A menudo, en indemnizaciones por despido de altos directivos, se manejan diversas variables para tributar lo menos posible. Cuestiones como qué parte quedará exenta de IRPF, las posibles reducciones del 30% por irregularidad y la realización del pago aplazado de la...