¿Se pierde la bonificación de empresa familiar por aportar lo heredado a una sociedad?

Jul 9, 2019 | 0 Comentarios

Una vez cumplidos los requisitos para optar a la reducción del 95% del Impuesto de Sucesiones y Donaciones por empresa familiar, y aplicado el beneficio fiscal, queda una última condición para consolidarlo: el mantenimiento de lo heredado en el patrimonio del interesado y, además, con derecho a la exención en el Impuesto de Patrimonio.

Dicho mantenimiento será de 5 ó 10 años, según la comunidad autónoma.

Ello es debido a que la intención del legislador es el mantenimiento de la empresa familiar como base de la economía del país. Quiere que la misma perdure en el tiempo. No tendría sentido reducir los impuestos a alguien que hereda y luego deshace o transmite el negocio.

Pero ¿qué ocurre si lo heredado es aportado a una Sociedad, obteniendo, a cambio acciones de la misma?

Pues, Hacienda opina, esta vez con sentido común, que si se mantiene el valor de lo heredado y las acciones percibidas tienen derecho a la exención de Patrimonio, no se entiende incumplido el requisito de permanencia.

Categories

Archives

Recent Comments

    Últimas entradas

    Régimen fiscal de la venta online a clientes finales (Particulares)

    Régimen fiscal de la venta online a clientes finales (Particulares)

    I. Ventas efectuadas desde España con destino a otros Estados miembro (“E.m.”) de la UE1 1.1. Tributan en destino las ventas efectuadas desde España en las que concurran los siguientes requisitos: - transporte desde la Península o Baleares hasta el otro E.m. por el...

    Declaración fuera de plazo, ¿procede siempre un recargo?

    Declaración fuera de plazo, ¿procede siempre un recargo?

    Si se presenta una declaración fuera de plazo, sin requerimiento previo de Hacienda, habrá un recargo del 5%, 10% o 15% del importe dejado de ingresar si la presentación se efectúa dentro de los 3, 6 ó 12 meses siguientes, respectivamente, al fin del plazo de...